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LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DURANTE EL 2001 EN CHILE

Diciembre

7 diciembre: Momentos antes de presentar su documental "Estadio Nacional" en el Festival de Cuba, la periodista Carmen Luz Parot recibió una mala noticia: la empresa pública Metro S.A. se negó a publicar en los andenes del tren subterráneo de Santiago afiches promocionales del documental que reconstruye la historia de quienes estuvieron detenidos en el mayor recinto deportivo del país tras el golpe de Estado en 1973.
Según relató la productora del documental, Soledad Silva, al diario gratuito La Voz de la Tarde, el 9 de noviembre pasado se dirigió a la oficina de marketing del Metro para solicitar que el afiche del documental fuera incluido en las vitrinas de "Metro Informa". Ése es un espacio de difusión de diversas actividades artísticas, culturales y académicas que la empresa de transporte subterráneo pone a disposición del público en general.
El procedimiento para acceder a ese espacio es entregar los correspondientes afiches promocionales con al menos un mes de anticipación a la fecha requerida para publicitar la actividad, requisito que en este caso la producción del documental cumplió.
Silva señala que "personalmente entregué la carta de petición a la señora Adriana Celis Olate, de marketing del Metro. Luego de leerla y pedirme un afiche aceptó incluirlos para el mes de diciembre".
De acuerdo con el relato de la productora a La Voz de la Tarde, pocos días después le entregaron 35 afiches para distribuirlos en las vitrinas de las diversas estaciones del tren subterráneo. Sin embargo, el jueves 6 de diciembre Adriana Celis se comunicó con la productora de "Estadio Chile" para decirle que Metro no instalaría los posters en sus vitrinas "por tener contenidos políticos" por lo que, agregó, "pueden ser contraproducentes para los usuarios del Metro". Según Silva, la Jefa de Marketing del Metro del dijo "es como si me pasaras un afiche de la UDI" (principal partido de derecha en Chile).
Silva señala que trató de explicarle a la gente de marketing del Metro el sentido del documental. "No era un tema partidista sino una investigación de los acontecimientos ocurridos en nuestro estadio el año '73".
La prohibición de parte de Metro S.A. de promocionar el afiche de "Estadio Nacional" resulta un contrasentido, considerando que el documental obtuvo financiamiento de dos entes gubernamentales, como son el Fondo Nacional para las Artes (Fondart) y la Corporación de Fomento (Corfo), además de los fondos entregados por la Fundación Ford.
Ante los argumentos expuestos, defendiendo el trabajo del documental, la productora Silva afirma que obtuvo por respuesta "esos son los estatutos y punto".
El periodista autor de la nota de La Voz de la Tarde confirmó esta versión, señalando que recibió la misma respuesta de parte de marketing del Metro cuando intentó confirmar la historia.
El documental "Estadio Chile" contiene testimonios e imágenes inéditas de los días posteriores al golpe de Estado de septiembre de 1973, cuando el recinto fue utilizado como campo de detención y tortura. Este trabajo fue galardonado con el Gran Premio del Festival de Documentales de Santiago, realizado a principios de noviembre en la capital chilena.
En La Habana, Carmen Luz Parot, directora de la obra, tras enterarse de la negativa de Metro, calificó de "gravísima" la situación ocurrida con los afiches promocionales de su trabajo. "La empresa estatal de transporte Metro censura la colocación de 35 afiches del documental Estadio Nacional dando como única y pobre razón que es una política institucional", señaló a La Voz de la Tarde. Además, agregó Parot, "nadie nos ha pedido una copia (del documental)". En declaraciones al mismo vespertino, Parot agregó que "como periodista y realizadora audiovisual jamás he seguido los mandatos de ninguna organización política y ni yo ni las personas que participaron en su realización militamos en ningún partido político. Pero aunque así fuera, es inaceptable que un organismo de transporte público censure el afiche de un documental, un trabajo parte del patrimonio cultural de Chile cuya realización se debe, en gran parte, al apoyo de algunas instituciones del Estado, del cual esa empresa también depende".
"Me parece inadmisible, dijo Parot, que luego de tantos años aún sea igual de difícil y arduo el camino de la defensa de los derechos humanos".
Parot es periodista, trabajó como productora en el ya desaparecido Canal 2 y también es directora de "El derecho a vivir en paz", documental sobre Víctor Jara.

13 diciembre: El juez titular del Sexto Juzgado del Crimen de Valparaíso, Marcos Felzenstein, absolvió a la periodista de La Tercera, Paula Afani, de la querella que desde 1998 sigue en contra de la profesional el Consejo de Defensa del Estado (CDE). Sin embargo, el 18 de enero el CDE apeló y pide una condena de 5 años y un día contra Afani por publicar información sobre un proceso judicial por narcotráfico y lavado de dinero que investigaba el organismo público.
El fallo tiene fecha 13 de diciembre, pero ambas partes fueron notificadas en el transcurso de la semana del 14 al 18 de enero del 2002.
El caso se remonta a enero de 1999, cuando el CDE presentó una querella contra Afani por violación de sumario, delito tipificado en la Ley 19366 que sanciona el Tráfico Ilícito de Estupefacientes, más conocida como Ley de Drogas, y por violación a la Ley de Abusos de Publicidad (LAP), derogada por la actual Ley de Prensa.
La medida del CDE respondía a una serie de reportajes publicados en junio de 1998 por Afani en La Tercera y en La Hora sobre la investigación por narcotráfico y lavado de dinero conocida como "Operación Océano". La publicación de los reportajes se produjo cuando la investigación se encontraba en etapa de sumario (período en que las diligencias judiciales son secretas).
El objetivo de la querella presentada por el CDE era obligar a Afani a revelar sus fuentes de información, a lo cual la periodista se negó alegando secreto profesional, deber ético de la labor informativa y que la Ley de Prensa aprobada el año 2001 consagra como derecho del ejercicio periodístico.
Ante la negativa de Afani de revelar sus fuentes, el 15 de enero de 1999 la justicia dictó una orden de arresto en su contra e Investigaciones (policía civil chilena) allanó su casa y su lugar de trabajo. Días después fue dejada en libertad, pero el proceso aún continua.
Felzenstein absolvió a Afani porque ésta se encontraba procesada por violación a la Ley de Abusos de Publicidad (LAP, en su art. 19º sancionaba a quienes divulgaran informaciones de procesos oficiales que, por ley, estaban bajo secreto). Como esta ley fue derogada con la promulgación de la Ley de Prensa, el juez aplicó el principio pro reo, el que absuelve a un procesado en caso que el delito del cual se le acusa ya no exista.
Sin embargo, el CDE pidió a la Corte de Apelaciones de Valparaíso que revoque la decisión del juez y solicitó que procese a Afani por la Ley de Drogas, que en su art. 34º le entrega al juez la facultad de denegar el conocimiento del sumario. Sin embargo, dicho artículo no especifica que la prensa no pueda informar sobre el caso y la defensa de Afani, así como diversos actores políticos que han opinado sobre este caso, se refiere a funcionarios que tienen acceso al sumario y no a los periodistas, cuya labor es difundir información y no velar porque los datos de una investigación judicial se mantengan en secreto.
Ya que el juez no se pronunció sobre la acusación por violación de sumario tipificada en la Ley de Drogas, el CDE también presentó un recurso de casación en la forma. Además, pide una condena de 5 años y 1 día para Afani, que, de acuerdo a la ley de drogas, no es excarcelable.
La periodista cree que el proceso es casi algo personal en su contra de parte de Clara Szczaranski, que ya era presidenta del CDE al momento de iniciarse este proceso, porque "todo lo que publiqué era verdad. Nunca desmintieron las informaciones" ni Carabineros, ni el Tribunal ni siquiera el CDE, afirmó Afani. Szczaranski es la misma que interpuso hace pocas semanas una querella por injurias en contra de El Mercurio. Afani, además, ha publicado diversos artículos sobre las actividades particulares como abogada de Szczaranski, que fueron objeto de un llamado de atención formal de parte de la Corte Suprema a fines del año 2001.
Paula Afani está procesada desde hace 3 años, tiene orden de arraigo, lo que significa que si quiere salir del país debe pedir autorización al juez y pagar una fianza. Además, tiene que firmar en el juzgado una vez al mes.
En cuando a cómo cree que se resolverá la apelación, Afani señaló que todo es incierto. Como no hay detenidos en este proceso, no hay plazos para que la Corte de Apelaciones de Valparaíso se pronuncie, por lo que puede tomarse fácilmente 6 meses para fallar.
"Operación Océano" es una investigación por narcotráfico y lavado de dinero encabezada por el CDE, de acuerdo con las atribuciones que le entrega la Ley de Drogas.
Los reportajes de Afani contenían datos inéditos sobre el caso y aparecieron en junio de 1998. De acuerdo con lo señalado por ella, cuando se inició el proceso en su contra, éste "era un caso en el cual no había orden de no informar y se suponía que la investigación era tan contundente, que esta información no obstruiría la justicia, como se me acusa ahora que los resultados no son los esperados". De hecho, tras la publicación de estos reportajes el tribunal dictó prohibición de informar a fines de junio de 1998.
Cuando se inició este proceso contra la periodista de La Tercera, la presidenta del CDE, Clara Sczsaranski, recalcó que Afani podía resguardar sus fuentes, pero era inaceptable que se dieran a conocer partes del proceso en casos que implican narcotráfico.
Sin embargo, Afani señaló que este secretismo no tiene sustento ante la Reforma Penal -de aplicación progresiva y que ya rige en cuatro regiones del país-, que establece los juicios orales y públicos.

20 diciembre: El diario electrónico "El Mostrador" informó el 20 de diciembre de 2001 que la presidenta del Consejo de Defensa del Estado (CDE), la abogada Clara Szczaranski, se querelló por injurias en contra de "El Mercurio" y el equipo de editorialistas de este medio escrito, debido a una supuesta campaña injuriosa y descalificatoria en su contra.
Según informó "El Mostrador", Szczaranski se querelló contra el director responsable del decano de la prensa chilena, Juan Pablo Illanes, por injurias graves cometidas en su contra a través de un medio de comunicación, delito tipificado y sancionado en el Código Penal y en la Ley sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, más conocida como la Ley de Prensa.
La querella fue motivada por la editorial de "El Mercurio" del 28 de noviembre, que se refiere a la presidenta del CDE y a su acción frente al organismo público.
En la mencionada querella, Szczaranski responde una a una las supuestas injurias que se configuran en la editorial de "El Mercurio". Por ejemplo, ante la aseveración de "El Mercurio" sobre que "está en duda la idoneidad y la dedicación con que sirve el cargo", la abogada afirma que eso "sólo puede juzgarlo el CDE y que el diario dice de ella, mediante esta afirmación,que no tiene ni la idoneidad ni la dedicación requeridas para ejercer susdeberes".
Asimismo, según otro párrafo de la querella, destacado por "El Mostrador",la presidenta del CDE destaca que "'El Mercurio' afirma: ... 'gravísimos desaciertos en la (...querella...) dirigida contra los propietarios y ejecutivos de Aero Continente' y '...cúmulo de errores que dañan el prestigio del CDE y que comprometen su gestión pública'", con lo que -a juicio de Szczaranski-, el diario le atribuye "en forma personal la interposición de la querella, así como las resoluciones judiciales que adoptó el tribunal competente alrespecto".
Según lo señalado en la querella, Szczaranski interpreta esta aseveración del matutino como que "en las acciones iniciadas contra Aero Continente por lavado de dinero he sido descriteriada, inoportuna, desacertada y profesionalmente ignorante".
Además, Szczaranski se defiende ante la acusación de "El Mercurio" en el sentido de que estaría comprometiendo al mismísimo presidente de la República con su actuación, pues sólo él es su superior jerárquico.
En definitiva, a juicio de Szczaranski, "El Mercurio", a través de la mencionada editorial, la está tratando de "cobarde o cínica, acomodaticia, ventajista, egoísta y egocéntrica, además de cualquier otro juicio de disvalor que se puede colegir y que por causa de todos estos vicios y falta de valores o valores trastocados señalados estaría sacrificando al presidente de la República y al CDE al no presentar su renuncia al cargo de presidenta de dicho Consejo, abusando de la excepcional inamovilidad que la protege".
En el marco de la querella, Szczaranski solicita que se cite a todos los editorialistas para establecer la autoría y demás participación punible en el supuesto delito de injurias. La solicitud responde a que este equipo actúa de acuerdo a la contingencia, reuniéndose día a día para decidir la postura sobre diversos temas para editorializar al día siguiente.
Entre los miembros del cuerpo editorial de "El Mercurio" figuran nombres como Álvaro Bardón, Hernán Felipe Errázuriz, Francisco José Folch, David Gallagher, Hermógenes Pérez de Arce y el mismo Illanes.
En el caso concreto de la editorial de la discordia, deberá establecerse quiénes participaron en la discusión, elaboración y redacción final de ésta.
Según recogió "El Mostrador", Szczaranski afirma que lo expuesto en la editorial "es ajeno a la verdad y que se ha construido una información falsa. Añade que ello, unido al conjunto de editoriales dedicados por el diario a ella y alCDE, más los reportajes y artículos del mismo diario, no pueden sino pretender la configuración de una opinión pública directamente contraria a ella e indirectamente al CDE".
El CDE es el ente jurídico que representa al Estado en procesos legales y litiga a su nombre ante los tribunales de justicia cuando hay intereses de éste en juego. Tiene amplias atribuciones en, por ejemplo, la investigación por lavado de dinero, por narcotráfico, entre otros.