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La Reforma Procesal Penal ya funciona en todo el país

Los pecados de la nueva justicia chilena

Calificada como “la reforma del siglo” y con un costo total de 343 mil millones de pesos, la Reforma Procesal Penal renovó las vestiduras del poder judicial. Sin embargo, según los expertos, las falencias del antiguo sistema no desaparecerán, solo se transformarán.

Por Ingrid Lagos y Aldo Vidal


Ya rige en todo el país el nuevo procedimiento penal. Ha quedado atrás casi un siglo de vigencia del sistema inquisitivo (donde una misma persona, el juez, es quien investiga y condena). Ahora la función de investigar, acusar y juzgar están totalmente separadas. Son los fiscales del Ministerio Público los encargados de acusar e investigar un delito y es el juez de garantía quien dicta sentencia. Además, el nuevo procedimiento busca agilizar y transparentar las causas y obtener salidas alternativas a los ilícitos con penas menores.

Pero a pesar de todas las bondades del nuevo sistema descritas ampliamente por las autoridades ( “equidad, transparencia y brevedad”), hay quienes no piensan que la nueva justicia sea la “panacea”. Por ejemplo, el abogado Alejandro Guerra (31), egresado de la Universidad de Chile y quien ha postulado al Ministerio Público, expresó a CTN que el nuevo procedimiento penal, con el afán de velar por la rapidez de la resolución de las causas, se preocupa sólo de los delitos de mayor incidencia. “Un tipo que roba, el mismo día sale libre”, lo que beneficia al delincuente, según Guerra.

Además, dice que la nueva justicia da demasiado poder a los fiscales: “Como les llegan mil causas, da de inmediato término a la mayoría, lo que nuevamente beneficia al delincuente”. Por esto, el profesional piensa que estamos ante un sistema “garantista”, que sólo vela por los derechos del delincuente y no de la víctima: “El criminal se beneficia de tener un abogado top, de la Defensoría. No así la víctima, quien debe procurarse su abogado. O sea, si no tiene dinero, no puede presentar querella” En síntesis, piensa que este sistema privilegia al delincuente y a quien tiene dinero.

En concordancia con este último punto, la candidata presidencial de la Concertación, Michelle Bachellette, al referirse al fallo contra el senador Jorge Lavandero, expresó su disconformidad, diciendo: “no fue condenado a una pena aflictiva sólo por contar con 150 millones de pesos para supuestamente reparar a los niños abusados por él”.

Si bien en el caso Lavandero se alabó la rapidez y transparencia del nuevo proceso, inmediatamente surgieron los cuestionamientos a la efectividad del nuevo sistema: ¿por qué si durante el juicio se determinó que el senador cometió crímenes contra niños no pagará con cárcel?. Al abogado penalista, Carlos Cortés, le parece “vergonzoso” el fallo, por cuanto el poder económico de una persona le permite comprar una pena a su medida.

Oscar Lagos, profesor de Derecho Penal y miembro del bufete Gem conversó con CTN y afirmó que este nuevo sistema no es mejor ni peor, sino diferente. Entre las virtudes destaca la transparencia y la funcionalidad. Sin embargo, afirma que “no da justicia a todos los casos que se presentan. Se desarrollan solo los más investigables. De alguna forma promueve cierta impunidad.”

Y es que debido a la mala imagen del antiguo sistema judicial, calificado como lento, anticuado y poco eficiente en materia de delincuencia, incluso los primeros detractores del nuevo sistema consideraron que fuere cual fuere su forma, significaba un avance. Sin embargo el actual sistema aparece mejorando las garantías y derechos de los imputados. Por ejemplo, con el nuevo modelo de enjuiciamiento, se amplía la facilidad con que se concede la libertad provisional (libertad bajo fianza), a los delincuentes que han sido aprehendidos de manera flagrante.

Verónica Encina, defensora pública del sector oriente, cree que una de las pruebas de la transparencia del sistema es que la propia ciudadanía podrá evaluar el desarrollo del sistema. “Es súper importante que los medios y la ciudadanía entiendan cuál es el rol de cada uno de los actores en el nuevo sistema para poder exigirle a quien corresponde las responsabilidades. El juez responde de la decisión que toma basado en lo que las partes le presentan; el fiscal responde por encontrar pruebas suficientes para ganar y conseguir la condena, y el defensor responde por que no se le vayan a la cárcel personas inocentes. Cada uno tiene un rol y se deben cobrar las cuentas a quien corresponde”.

La ley del pituto

Probablemente si tuviéramos que dibujar el “celebre” mapa del nepotismo este sería largo y angosto e iría desde Arica a Punta Arenas.

Para varios de los postulantes a los nuevos cargos que ofrece la Reforma Procesal Penal (fiscales y defensores) lo que primó durante la selección y licitación de los cargos fue la “cultura del pituto”.

El abogado Juan Pablo Araya contó a CTN que, a pesar de tener buenos antecedentes para postular al cargo de fiscal público, fue rechazado por una arbitrariedad. La respuesta oficial fue que no pasó el test psicológico. “Saque nota 6 en la prueba de selección y la razón para rechazarme fue que según la psicóloga no tenía las condiciones emocionales para ser fiscal, solo porque me demore en terminar mi memoria.” Araya cree que falta de contactos lo perjudicó a la hora de postular.

Oscar Lagos, abogado, cuenta que su bufete Coem postuló en la licitación de la defensoria penal en el sector sur y no fueron aceptados debido a que uno de sus abogados no cumplía con los requisitos. Lagos afirma que todos contaban con las condiciones requeridas, por lo que apelaron sin éxito. “Lo consideramos improcedente, por eso apelamos, pero no conseguimos nada”

Para el abogado Alejandro Guerra “el proceso de postulación es transparente. Si me saco un 6 quedo.” Sin embargo, afirma que conoce casos en que el “pituto” ha funcionado. “Conozco a un abogado que a pesar de haber postulado como diez veces y no tener éxito, finalmente quedó como fiscal, porque conocía a un abogado que lo recomendó”

El caso más bullado en este sentido fue la polémica acusación de diputados gremialistas que cuestionaron a muchos de los defensores públicos de la Región Metropolitana por estar vinculados a una universidad en la que es directivo Gutenberg Martínez, el esposo de la ex ministra de Justicia, ex canciller y ex candidata presidencial, Soledad Alvear.

La denuncia que inauguró el actual debate en torno a la probidad y el tráfico de influencias dentro de las instituciones públicas aludía a que a pesar de que 123 sociedades jurídicas postularon al concurso para proveer los cargos de defensores públicos en Santiago, dos firmas concentraron el 80 por ciento de los puestos: La Sociedad de Defensores Penales Metropolitanos y la Sociedad Defensa Jurídico Penal, que está ligada a la Universidad Miguel de Cervantes, cuyo presidente es Gutenberg Martínez.

Los diputados de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Marcela Cubillos, Víctor Pérez y Cristián Leay elaboraron una declaración publica en la que afirmaban que “Este tema trasciende de lo legal o ilegal. Hay cosas que son escandalosas, independiente que la ley las permita. El marido de la candidata de la Concertación y ex ministra de Justicia, no puede ni presentarse al concurso público ni mucho menos terminar ganando la mitad de las causas adjudicadas en este proceso”

“Un caso ejemplar”

Sin lugar a dudas, el llamado “caso Lavandero” ha masificado las características de la nueva reforma procesal penal. Tal como sucede en otras latitudes, todo Chile pudo seguir en vivo y en directo los momentos previos y posteriores al veredicto. Debido a esto, la resolución del caso (cinco años y un día de libertad vigilada por abusos deshonestos contra cuatro menores) no solo provocó la disconformidad de todas las partes involucradas (el fiscal el querellante y el defensor apelaron) sino que también un debate nacional en torno a la atingencia de este nuevo sistema.

Con un desarrollo veloz denominado “procedimiento abreviado” se pretendió zanjar uno de los casos judiciales más controvertidos del último tiempo. Pese a la existencia de un instructivo en el que se especifica que los delitos sexuales no deben solucionarse con salidas alternativas, se llegó al acuerdo de rebajar la pena solicitada por el fiscal, 10 años en primera instancia, siempre y cuando el desaforado senador Lavandero aceptara expresamente su culpabilidad y “reparará los daños” mediante una indemnización de 150 millones de pesos.

Para el abogado Oscar Lagos, profesor de Derecho Penal de la Universidad del Desarrollo, la brevedad y la justicia pocas veces van de la mano. “El caso lavandero fue una prueba de fuego para la reforma. Se intentó resolver rápidamente y el resultado no es necesariamente el más justo”, señaló

Otro de los cuestionamientos se origina en los acuerdos previos y en las estrategias utilizadas por la defensa del senador. “Mentí en la audiencia”, afirmó Lavandero, luego de declararse culpable de todos los cargos. De esta forma, amparado en tecnicismos legales logró desistir del juicio oral en el que se expondrían públicamente oscuros detalles de su vida y en el que 18 testigos incluyendo al hijo de Clara Szczaranski, presidenta del Consejo de Defensa del Estado, declararían en su contra. La interrogante, es por qué no se aceptó la solicitud del fiscal Armendáriz para condenar al senador a 5 años de cárcel sin beneficios. Más todavía si se considera que el sistema carcelario chileno no es rehabilitador y que el informe de los peritos y Gendarmería concluyeron que un pedófilo no se rehabilita fácilmente, menos si tiene 75 años.

Queda una última interrogante: si tanto hincapié se ha hecho en la capacidad de la nueva justicia de proteger a las víctimas ¿quién protege a los niños de un pedófilo en libertad?

La sorpresa con la que recibió la opinión pública el desenlace de este caso, se convirtió en una desorientación generalizada, trasladada incluso al propio sistema judicial.

Las proyecciones acerca de las nuevas etapas de este caso son confusas. Después de la decisión del fiscal de apelar a la sentencia, basándose en un informe psicológico elaborado por gendarmería, en el que se afirma que la conducta del ex parlamentario se sostiene en el tiempo. Esto sumado a la actitud de Lavandero de desdecirse y asegurar su completa inocencia, obliga a revisar el caso.

Según los expertos consultados por CTN, esto podría producir que la Corte de Apelación no solo revise la sentencia, sino también si se cumplieron los presupuestos que habilitan un procedimiento abreviado. Allí podría pronunciarse sobre la validez de esa declaración de voluntad del desaforado senador. En el peor de los escenarios, la anulación del juicio abreviado dejaría todo el proceso nuevamente en punto cero.

La nueva justicia, según demuestra este precedente, busca encontrar soluciones convenientes para los involucrados, no la “verdad de los hechos” como supuestamente lo hacía el sistema anterior. La ciudadanía, entonces deberá acostumbrarse a estos nuevos conceptos y asumir los defectos y virtudes de nuestra renovada justicia.


Sitios relacionados:

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Ministerio Público

Defensoría Penal

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