La
Reforma Procesal Penal ya funciona en todo el país
Los
pecados de la nueva justicia chilena
Calificada
como “la reforma del siglo” y con un costo total
de 343 mil millones de pesos, la Reforma Procesal Penal renovó
las vestiduras del poder judicial. Sin embargo, según
los expertos, las falencias del antiguo sistema no desaparecerán,
solo se transformarán.
Por
Ingrid Lagos y Aldo Vidal
Ya rige en todo el país el nuevo procedimiento penal.
Ha quedado atrás casi un siglo de vigencia del sistema
inquisitivo (donde una misma persona, el juez, es quien investiga
y condena). Ahora la función de investigar, acusar
y juzgar están totalmente separadas. Son los fiscales
del Ministerio Público los encargados de acusar e investigar
un delito y es el juez de garantía quien dicta sentencia.
Además, el nuevo procedimiento busca agilizar y transparentar
las causas y obtener salidas alternativas a los ilícitos
con penas menores.
Pero a pesar de todas las bondades del nuevo sistema descritas
ampliamente por las autoridades ( “equidad, transparencia
y brevedad”), hay quienes no piensan que la nueva justicia
sea la “panacea”. Por ejemplo, el abogado Alejandro
Guerra (31), egresado de la Universidad de Chile y quien ha
postulado al Ministerio Público, expresó a CTN
que el nuevo procedimiento penal, con el afán de velar
por la rapidez de la resolución de las causas, se preocupa
sólo de los delitos de mayor incidencia. “Un
tipo que roba, el mismo día sale libre”, lo que
beneficia al delincuente, según Guerra.
Además, dice que la nueva justicia da demasiado poder
a los fiscales: “Como les llegan mil causas, da de inmediato
término a la mayoría, lo que nuevamente beneficia
al delincuente”. Por esto, el profesional piensa que
estamos ante un sistema “garantista”, que sólo
vela por los derechos del delincuente y no de la víctima:
“El criminal se beneficia de tener un abogado top, de
la Defensoría. No así la víctima, quien
debe procurarse su abogado. O sea, si no tiene dinero, no
puede presentar querella” En síntesis, piensa
que este sistema privilegia al delincuente y a quien tiene
dinero.
En concordancia con este último punto, la candidata
presidencial de la Concertación, Michelle Bachellette,
al referirse al fallo contra el senador Jorge Lavandero, expresó
su disconformidad, diciendo: “no fue condenado a una
pena aflictiva sólo por contar con 150 millones de
pesos para supuestamente reparar a los niños abusados
por él”.
Si bien en el caso Lavandero se alabó la rapidez y
transparencia del nuevo proceso, inmediatamente surgieron
los cuestionamientos a la efectividad del nuevo sistema: ¿por
qué si durante el juicio se determinó que el
senador cometió crímenes contra niños
no pagará con cárcel?. Al abogado penalista,
Carlos Cortés, le parece “vergonzoso” el
fallo, por cuanto el poder económico de una persona
le permite comprar una pena a su medida.
Oscar Lagos, profesor de Derecho Penal y miembro del bufete
Gem conversó con CTN y afirmó que este nuevo
sistema no es mejor ni peor, sino diferente. Entre las virtudes
destaca la transparencia y la funcionalidad. Sin embargo,
afirma que “no da justicia a todos los casos que se
presentan. Se desarrollan solo los más investigables.
De alguna forma promueve cierta impunidad.”
Y es que debido a la mala imagen del antiguo sistema judicial,
calificado como lento, anticuado y poco eficiente en materia
de delincuencia, incluso los primeros detractores del nuevo
sistema consideraron que fuere cual fuere su forma, significaba
un avance. Sin embargo el actual sistema aparece mejorando
las garantías y derechos de los imputados. Por ejemplo,
con el nuevo modelo de enjuiciamiento, se amplía la
facilidad con que se concede la libertad provisional (libertad
bajo fianza), a los delincuentes que han sido aprehendidos
de manera flagrante.
Verónica Encina, defensora pública del sector
oriente, cree que una de las pruebas de la transparencia del
sistema es que la propia ciudadanía podrá evaluar
el desarrollo del sistema. “Es súper importante
que los medios y la ciudadanía entiendan cuál
es el rol de cada uno de los actores en el nuevo sistema para
poder exigirle a quien corresponde las responsabilidades.
El juez responde de la decisión que toma basado en
lo que las partes le presentan; el fiscal responde por encontrar
pruebas suficientes para ganar y conseguir la condena, y el
defensor responde por que no se le vayan a la cárcel
personas inocentes. Cada uno tiene un rol y se deben cobrar
las cuentas a quien corresponde”.
La ley del pituto
Probablemente si tuviéramos que dibujar el “celebre”
mapa del nepotismo este sería largo y angosto e iría
desde Arica a Punta Arenas.
Para varios de los postulantes a los nuevos cargos que ofrece
la Reforma Procesal Penal (fiscales y defensores) lo que primó
durante la selección y licitación de los cargos
fue la “cultura del pituto”.
El abogado Juan Pablo Araya contó a CTN que, a pesar
de tener buenos antecedentes para postular al cargo de fiscal
público, fue rechazado por una arbitrariedad. La respuesta
oficial fue que no pasó el test psicológico.
“Saque nota 6 en la prueba de selección y la
razón para rechazarme fue que según la psicóloga
no tenía las condiciones emocionales para ser fiscal,
solo porque me demore en terminar mi memoria.” Araya
cree que falta de contactos lo perjudicó a la hora
de postular.
Oscar Lagos, abogado, cuenta que su bufete Coem postuló
en la licitación de la defensoria penal en el sector
sur y no fueron aceptados debido a que uno de sus abogados
no cumplía con los requisitos. Lagos afirma que todos
contaban con las condiciones requeridas, por lo que apelaron
sin éxito. “Lo consideramos improcedente, por
eso apelamos, pero no conseguimos nada”
Para el abogado Alejandro Guerra “el proceso de postulación
es transparente. Si me saco un 6 quedo.” Sin embargo,
afirma que conoce casos en que el “pituto” ha
funcionado. “Conozco a un abogado que a pesar de haber
postulado como diez veces y no tener éxito, finalmente
quedó como fiscal, porque conocía a un abogado
que lo recomendó”
El caso más bullado en este sentido fue la polémica
acusación de diputados gremialistas que cuestionaron
a muchos de los defensores públicos de la Región
Metropolitana por estar vinculados a una universidad en la
que es directivo Gutenberg Martínez, el esposo de la
ex ministra de Justicia, ex canciller y ex candidata presidencial,
Soledad Alvear.
La denuncia que inauguró el actual debate en torno
a la probidad y el tráfico de influencias dentro de
las instituciones públicas aludía a que a pesar
de que 123 sociedades jurídicas postularon al concurso
para proveer los cargos de defensores públicos en Santiago,
dos firmas concentraron el 80 por ciento de los puestos: La
Sociedad de Defensores Penales Metropolitanos y la Sociedad
Defensa Jurídico Penal, que está ligada a la
Universidad Miguel de Cervantes, cuyo presidente es Gutenberg
Martínez.
Los diputados de la Unión Demócrata Independiente
(UDI), Marcela Cubillos, Víctor Pérez y Cristián
Leay elaboraron una declaración publica en la que afirmaban
que “Este tema trasciende de lo legal o ilegal. Hay
cosas que son escandalosas, independiente que la ley las permita.
El marido de la candidata de la Concertación y ex ministra
de Justicia, no puede ni presentarse al concurso público
ni mucho menos terminar ganando la mitad de las causas adjudicadas
en este proceso”
“Un
caso ejemplar”
Sin lugar a dudas, el llamado “caso Lavandero”
ha masificado las características de la nueva reforma
procesal penal. Tal como sucede en otras latitudes, todo Chile
pudo seguir en vivo y en directo los momentos previos y posteriores
al veredicto. Debido a esto, la resolución del caso
(cinco años y un día de libertad vigilada por
abusos deshonestos contra cuatro menores) no solo provocó
la disconformidad de todas las partes involucradas (el fiscal
el querellante y el defensor apelaron) sino que también
un debate nacional en torno a la atingencia de este nuevo
sistema.
Con un desarrollo veloz denominado “procedimiento abreviado”
se pretendió zanjar uno de los casos judiciales más
controvertidos del último tiempo. Pese a la existencia
de un instructivo en el que se especifica que los delitos
sexuales no deben solucionarse con salidas alternativas, se
llegó al acuerdo de rebajar la pena solicitada por
el fiscal, 10 años en primera instancia, siempre y
cuando el desaforado senador Lavandero aceptara expresamente
su culpabilidad y “reparará los daños”
mediante una indemnización de 150 millones de pesos.
Para el abogado Oscar Lagos, profesor de Derecho Penal de
la Universidad del Desarrollo, la brevedad y la justicia pocas
veces van de la mano. “El caso lavandero fue una prueba
de fuego para la reforma. Se intentó resolver rápidamente
y el resultado no es necesariamente el más justo”,
señaló
Otro de los cuestionamientos se origina en los acuerdos previos
y en las estrategias utilizadas por la defensa del senador.
“Mentí en la audiencia”, afirmó
Lavandero, luego de declararse culpable de todos los cargos.
De esta forma, amparado en tecnicismos legales logró
desistir del juicio oral en el que se expondrían públicamente
oscuros detalles de su vida y en el que 18 testigos incluyendo
al hijo de Clara Szczaranski, presidenta del Consejo de Defensa
del Estado, declararían en su contra. La interrogante,
es por qué no se aceptó la solicitud del fiscal
Armendáriz para condenar al senador a 5 años
de cárcel sin beneficios. Más todavía
si se considera que el sistema carcelario chileno no es rehabilitador
y que el informe de los peritos y Gendarmería concluyeron
que un pedófilo no se rehabilita fácilmente,
menos si tiene 75 años.
Queda una última interrogante: si tanto hincapié
se ha hecho en la capacidad de la nueva justicia de proteger
a las víctimas ¿quién protege a los niños
de un pedófilo en libertad?
La sorpresa con la que recibió la opinión pública
el desenlace de este caso, se convirtió en una desorientación
generalizada, trasladada incluso al propio sistema judicial.
Las proyecciones acerca de las nuevas etapas de este caso
son confusas. Después de la decisión del fiscal
de apelar a la sentencia, basándose en un informe psicológico
elaborado por gendarmería, en el que se afirma que
la conducta del ex parlamentario se sostiene en el tiempo.
Esto sumado a la actitud de Lavandero de desdecirse y asegurar
su completa inocencia, obliga a revisar el caso.
Según los expertos consultados por CTN, esto podría
producir que la Corte de Apelación no solo revise la
sentencia, sino también si se cumplieron los presupuestos
que habilitan un procedimiento abreviado. Allí podría
pronunciarse sobre la validez de esa declaración de
voluntad del desaforado senador. En el peor de los escenarios,
la anulación del juicio abreviado dejaría todo
el proceso nuevamente en punto cero.
La nueva justicia, según demuestra este precedente,
busca encontrar soluciones convenientes para los involucrados,
no la “verdad de los hechos” como supuestamente
lo hacía el sistema anterior. La ciudadanía,
entonces deberá acostumbrarse a estos nuevos conceptos
y asumir los defectos y virtudes de nuestra renovada justicia.
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