Un ayudamemoria
para el Gobierno
Tras
la derogación del artículo 6 b de la Ley de Seguridad Interior del
Estado, los periodistas esperan que el Ejecutivo cumpla su promesa
de reponer la norma que por error se omitió en el mes de mayo, la
cual hace mención a las condiciones en que los medios pueden informar
a la sociedad sobre hechos de interés general.
Tuvieron
que pasar casi ocho años para que entrara en vigencia la Ley sobre
libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo,
más conocida como Ley de Prensa. Las negociaciones se realizaron
entre el Gobierno, partidos políticos y representantes del Colegio
de Periodistas. La normativa legal fue promulgada el día de 18 de
mayo del 2001, y publicada en el diario oficial el 4 de junio del
presente año, por lo que ya se encuentra en plena vigencia.
Si
bien no hay que desconocer el avance que ha significado ésta
para la libertad de expresión, es importante recordar el compromiso
contraído por el Gobierno con la Federación de Medios de Comunicación
para impulsar un proyecto de ley que restablezca la norma que por
error fue derogada en el mes de mayo, la cual, resguardando la vida
privada o familiar de una persona, establecía las condiciones en
que los medios de comunicación podían informar a la sociedad cuando
los hechos constituían situaciones de gran interés social.
Con
esa enmienda, según la Asociación Nacional de la Prensa (ANP), la
Asociación de Radiodifusores de Chile (ARCHI) y la Asociación Nacional
de Televisión (ANATEL), se garantizaría un marco regulatorio adecuado
y se cumpliría en espíritu esencial que inspiró el reemplazo de
la antigua ley que normaba el ejercicio del periodismo chileno y
la derogación de la "Ley de Abusos de Publicidad" que regía desde
el año 1967.
El
objetivo principal que buscó el gobierno con la nueva ley de prensa,
fue el de actualizar, mejorar y suprimir algunas normas que restringían
fuertemente el ejercicio de las libertades de expresión y de información
en el periodismo.
Entre
las innovaciones que trajo esta nueva ley, podemos destacar la de
su artículo 1°, el cual hace referencia a la libertad de emitir
opinión y la de informar, sin censura previa, constituyendo un derecho
fundamental de todas las personas.
Además,
se consagró por primera vez el secreto profesional de los periodistas,
directores, editores de medios de comunicación social, a estudiantes
de escuelas de periodismo en prácticas profesionales exigidas por
sus planteles, a los egresados de las mismas, y a los corresponsales
extranjeros que ejerzan su actividad profesional en Chile.
Otro
punto muy importante de la nueva Ley de Prensa fue el referido a
la derogación del artículo 6 b de la Ley de Seguridad Interior del
Estado, que penalizaba las difamaciones, injurias y calumnias en
contra de autoridades públicas (Presidente de la República, ministros
de Estado, senadores, diputados, entre otros).
Esta
prerrogativa fue usada con mayor frecuencia por los miembros del
Poder Judicial, que al dirimir sobre distintos conflictos entre
la libertad de expresión y el eventual daño a la honra de algunas
personas, se pronunciaron sistemáticamente en favor de último argumento.
Los
procesos judiciales más representativos al respecto son la incautación
del "Libro Negro de la Justicia Chilena", de Alejandra Matus; la
prohibición de la película "La Última Tentación de Cristo"
y el caso del libro "Impunidad Diplomática" del periodista Francisco
Martorell.
La nueva Ley de Prensa y otras normas son de suma importancia para
el desarrollo del periodismo de investigación y para que a su vez,
los medios de comunicación puedan ejercer el papel fiscalizador
de las personas en el marco de la libertad de opinión e información.
César
Vera |
Lunes
24 de septiembre de 2001
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