Juicio del Siglo:
Resolver el odio con más
odio
Por ya casi 15 años el conflicto de
los mapuches ha ido en aumento. El Gobierno responde a la violencia
de los indígenas con leyes de excepción para tratar
de solucionar el problema y, a su vez, los organismos internacionales
critican el actuar de las autoridades. Un inconveniente que no ha
hecho más que crear nuevas divisiones en una sociedad que
se dice democrática.
Por
Natalia Araya y Cristian Contardo
Durante los años noventa los mapuches iniciaron
una serie de protestas en contra de las empresas forestales y propietarios
agrícolas que desarrollan sus actividades en las tierras
que ellos reclaman.
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Las tierras fértiles de las regiones de
Bío Bío y Araucanía, territorio ancestral de
los mapuches, hoy están cubiertas de plantaciones de pino
y eucalipto que -según los indígenas-, dañan
el ecosistema del cual depende su vida tradicional.
Las protestas cobraron violencia a finales de la década de
los noventa, con enfrentamientos entre grupos que ocupaban tierras
disputadas y Carabineros, ataques contra camiones de compañías
madereras y el incendio de edificaciones, cultivos y plantaciones
de pino. Bajo una fuerte presión política, los sucesivos
gobiernos recurrieron a leyes de excepción cada vez más
represivas para combatir la violencia.
Los mapuches son la principal etnia nacional, bordean el 8% de los
15 millones de chilenos, y sus conflictos despiertan interés
en organizaciones internacionales.
El lunes 8 de octubre se dio inicio al juicio oral
en contra de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), por el presunto
delito de asociación ilícita terrorista. Ocho de los
16 imputados no se presentaron al juicio ni pudieron ser capturados
en los operativos policiales llevados a cabo.
Los acusados que sí participan en las jornadas
de audiencia son Patricia Troncoso, Mauricio Contreras Quezada,
Oscar Higueras Quezada, Jorge Avelino Huaiquín Antinao, José
Llanca Ailla, Marcelo Quintrileo Contreras y los lonkos Aniceto
Norín Catrimán y Pascual Pichún Collonao, para
quienes la fiscalía solicita condenas que oscilan entre los
5 y los 15 años de cárcel. A esta petición
se suman además el gobierno, la municipalidad de Temuco y
los abogados de Forestal Mininco.
El martes 12 de octubre, se reiniciaron en el Tribunal
de Garantía de Temuco los alegatos del "Juicio del Siglo",
llamado así por la connotación nacional e internacional
que ha adquirido. En esta segunda jornada, los fiscales justificarían
la aplicación de la figura de "asociación ilícita
terrorista" contra los mapuches, mientras los defensores argumentaron
que no se puede aplicar la Ley Antiterrorista en los términos
planteados por el Ministerio Público.
Ley antiterrorista
La acusación por "asociación
ilícita terrorista" va dirigida contra la Coordinadora
Arauco-Malleco, invocando la Ley 18.314 dictada en 1984 por orden
del ministro del Interior de entonces, Sergio Onofre Jarpa. Esta
ley, que sólo puede ser invocada por el Estado ha originado
cuatro juicios en la Araucanía desde el reinicio de las movilizaciones
a fines de la década del ’90.
El subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, según
Radio Universidad de Chile (RUCh), defendió las querellas
presentadas por el Gobierno para perseguir las responsabilidades
en los atentados incendiarios sufridos por fundos forestales disputados
en el proceso de reivindicación de tierras de parte de grupos
mapuche.
Así, el Gobierno respondió a un informe difundido
por Humans Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos
Indígenas, que acusaron una violación de las garantías
procesales fundamentales de los integrantes de esta etnia en el
proceso por Ley Antiterrorista.
Correa Sutil recordó que la incorporación del incendio
en la ley 18.314 fue impulsada por el primer Gobierno de la Concertación
en la reforma realizada en 1991 y aprobada por todas las fuerzas
políticas con representación parlamentaria.
Defendiendo la medida, el subsecretario afirmó que la invocación
de la normativa ha provocado “una disminución significativa
de los hechos de violencia en la región, lo que constituye
un requisito indispensable para el desarrollo de las comunidades
mapuches y la elaboración de políticas que favorezcan
sus legitimas aspiraciones”.
Esta fue la respuesta del gobierno al recibir fuertes
críticas de las organizaciones American Rights Watch, Asociación
Americana de Juristas, la Defensoría Internacional de los
Derechos de los Pueblos y la Federación Internacional de
Derechos Humanos, por utilizar una ley antiterrorista que data del
régimen militar en casos que afectan a mapuches.
“El uso de la Ley Antiterrorista causa que
este juicio se vea por la comunidad internacional con mucha preocupación",
señaló el Alto Comisionado para los Derechos Humanos
de la ONU, Roberto Garretón.
La organización mapuche Mapuexpress recoge las palabras de
Garretón: el uso de esta legislación contra autoridades
de la causa mapuche se aplica por hechos que no pueden ser considerados
como terrorismo. “La aplicación de la Ley Antiterrorista
en este caso es una perversión del concepto de terrorismo",
señaló el Alto Comisionado y caracterizó el
uso de esta ley por parte del Estado como un abuso de la facultad
de ejercer la acción penal con el fin era obtener ventajas
procesales y deslegitimar las demandas de los mapuches procesados.
Para Garretón, constituiría además una grave
violación por parte del Estado chileno de tratados internacionales
en materia de derechos humanos, civiles y políticos.
Los organismos internacionales de derechos humanos
han sido protagonistas en este juicio levantando fuerte la voz para
declarar la incompatibilidad de la legislación vigente en
materia de combate al terrorismo en Chile con los parámetros
occidentales y los tratados consignados por Chile. El Observatorio
de Derechos de los Pueblos Indígenas y Human Rights Watch
difundieron el informe “Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas,
Tribunales Militares y los Mapuches en el Sur de Chile”, demostrando
que en Chile se violan los derechos humanos y se discrimina a este
pueblo.
Entrevistado por Juan Pablo Cárdenas para RUCh, José
Miguel Vivanco de Human Rights Watch declaró: “Si revisamos
los delitos que cometen, son contra la propiedad. El delito terrorista
a nivel internacional está estipulado como un deliberado
atentado contra la integridad corporal o la libertad de las personas
y se trata de circunstancias totalmente extremas de delitos atroces,
pero es muy difícil explicar ante la comunidad internacional
que un delito de incendio constituye un delito terrorista. Además,
se aplica una ley que viola garantías del debido proceso.
Hay un problema doble: está mal aplicada una ley que no corresponde
a actos terroristas, o sea, la ley misma debe tener un revisión.”
Según la constitución, si los acusados de terrorismo
llegan a ser condenados no pueden ejercer un cargo público
ni posiciones de responsabilidad en sindicatos o empresas, tampoco
ocupar un puesto de enseñanza, ni ejercer el periodismo durante
15 años. Además, se niega la posibilidad de aspirar
a un indulto presidencial.
De esta forma queda establecido que debe existir
una revisión de la ley por parte del Gobierno, para evitar
que estos atropellos se sigan repitiendo en el futuro. Así
mismo, se plantea el desafío a la sociedad en conjunto de
buscar la manera más apropiada de encontrar un solución
a este conflicto, porque ha quedado claro que el odio no se resuelve
con más odio.
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