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POLÍTICA

Juicio del Siglo:
Resolver el odio con más odio

Por ya casi 15 años el conflicto de los mapuches ha ido en aumento. El Gobierno responde a la violencia de los indígenas con leyes de excepción para tratar de solucionar el problema y, a su vez, los organismos internacionales critican el actuar de las autoridades. Un inconveniente que no ha hecho más que crear nuevas divisiones en una sociedad que se dice democrática.

Por Natalia Araya y Cristian Contardo


Durante los años noventa los mapuches iniciaron una serie de protestas en contra de las empresas forestales y propietarios agrícolas que desarrollan sus actividades en las tierras que ellos reclaman.

Las tierras fértiles de las regiones de Bío Bío y Araucanía, territorio ancestral de los mapuches, hoy están cubiertas de plantaciones de pino y eucalipto que -según los indígenas-, dañan el ecosistema del cual depende su vida tradicional.

Las protestas cobraron violencia a finales de la década de los noventa, con enfrentamientos entre grupos que ocupaban tierras disputadas y Carabineros, ataques contra camiones de compañías madereras y el incendio de edificaciones, cultivos y plantaciones de pino. Bajo una fuerte presión política, los sucesivos gobiernos recurrieron a leyes de excepción cada vez más represivas para combatir la violencia.

Los mapuches son la principal etnia nacional, bordean el 8% de los 15 millones de chilenos, y sus conflictos despiertan interés en organizaciones internacionales.

El lunes 8 de octubre se dio inicio al juicio oral en contra de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), por el presunto delito de asociación ilícita terrorista. Ocho de los 16 imputados no se presentaron al juicio ni pudieron ser capturados en los operativos policiales llevados a cabo.

Los acusados que sí participan en las jornadas de audiencia son Patricia Troncoso, Mauricio Contreras Quezada, Oscar Higueras Quezada, Jorge Avelino Huaiquín Antinao, José Llanca Ailla, Marcelo Quintrileo Contreras y los lonkos Aniceto Norín Catrimán y Pascual Pichún Collonao, para quienes la fiscalía solicita condenas que oscilan entre los 5 y los 15 años de cárcel. A esta petición se suman además el gobierno, la municipalidad de Temuco y los abogados de Forestal Mininco.

El martes 12 de octubre, se reiniciaron en el Tribunal de Garantía de Temuco los alegatos del "Juicio del Siglo", llamado así por la connotación nacional e internacional que ha adquirido. En esta segunda jornada, los fiscales justificarían la aplicación de la figura de "asociación ilícita terrorista" contra los mapuches, mientras los defensores argumentaron que no se puede aplicar la Ley Antiterrorista en los términos planteados por el Ministerio Público.

Ley antiterrorista

La acusación por "asociación ilícita terrorista" va dirigida contra la Coordinadora Arauco-Malleco, invocando la Ley 18.314 dictada en 1984 por orden del ministro del Interior de entonces, Sergio Onofre Jarpa. Esta ley, que sólo puede ser invocada por el Estado ha originado cuatro juicios en la Araucanía desde el reinicio de las movilizaciones a fines de la década del ’90.

El subsecretario del Interior, Jorge Correa Sutil, según Radio Universidad de Chile (RUCh), defendió las querellas presentadas por el Gobierno para perseguir las responsabilidades en los atentados incendiarios sufridos por fundos forestales disputados en el proceso de reivindicación de tierras de parte de grupos mapuche.

Así, el Gobierno respondió a un informe difundido por Humans Rights Watch y el Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas, que acusaron una violación de las garantías procesales fundamentales de los integrantes de esta etnia en el proceso por Ley Antiterrorista.

Correa Sutil recordó que la incorporación del incendio en la ley 18.314 fue impulsada por el primer Gobierno de la Concertación en la reforma realizada en 1991 y aprobada por todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria.

Defendiendo la medida, el subsecretario afirmó que la invocación de la normativa ha provocado “una disminución significativa de los hechos de violencia en la región, lo que constituye un requisito indispensable para el desarrollo de las comunidades mapuches y la elaboración de políticas que favorezcan sus legitimas aspiraciones”.

Esta fue la respuesta del gobierno al recibir fuertes críticas de las organizaciones American Rights Watch, Asociación Americana de Juristas, la Defensoría Internacional de los Derechos de los Pueblos y la Federación Internacional de Derechos Humanos, por utilizar una ley antiterrorista que data del régimen militar en casos que afectan a mapuches.

“El uso de la Ley Antiterrorista causa que este juicio se vea por la comunidad internacional con mucha preocupación", señaló el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU, Roberto Garretón.

La organización mapuche Mapuexpress recoge las palabras de Garretón: el uso de esta legislación contra autoridades de la causa mapuche se aplica por hechos que no pueden ser considerados como terrorismo. “La aplicación de la Ley Antiterrorista en este caso es una perversión del concepto de terrorismo", señaló el Alto Comisionado y caracterizó el uso de esta ley por parte del Estado como un abuso de la facultad de ejercer la acción penal con el fin era obtener ventajas procesales y deslegitimar las demandas de los mapuches procesados. Para Garretón, constituiría además una grave violación por parte del Estado chileno de tratados internacionales en materia de derechos humanos, civiles y políticos.

Los organismos internacionales de derechos humanos han sido protagonistas en este juicio levantando fuerte la voz para declarar la incompatibilidad de la legislación vigente en materia de combate al terrorismo en Chile con los parámetros occidentales y los tratados consignados por Chile. El Observatorio de Derechos de los Pueblos Indígenas y Human Rights Watch difundieron el informe “Proceso Indebido: Juicios Antiterroristas, Tribunales Militares y los Mapuches en el Sur de Chile”, demostrando que en Chile se violan los derechos humanos y se discrimina a este pueblo.

Entrevistado por Juan Pablo Cárdenas para RUCh, José Miguel Vivanco de Human Rights Watch declaró: “Si revisamos los delitos que cometen, son contra la propiedad. El delito terrorista a nivel internacional está estipulado como un deliberado atentado contra la integridad corporal o la libertad de las personas y se trata de circunstancias totalmente extremas de delitos atroces, pero es muy difícil explicar ante la comunidad internacional que un delito de incendio constituye un delito terrorista. Además, se aplica una ley que viola garantías del debido proceso. Hay un problema doble: está mal aplicada una ley que no corresponde a actos terroristas, o sea, la ley misma debe tener un revisión.”

Según la constitución, si los acusados de terrorismo llegan a ser condenados no pueden ejercer un cargo público ni posiciones de responsabilidad en sindicatos o empresas, tampoco ocupar un puesto de enseñanza, ni ejercer el periodismo durante 15 años. Además, se niega la posibilidad de aspirar a un indulto presidencial.

De esta forma queda establecido que debe existir una revisión de la ley por parte del Gobierno, para evitar que estos atropellos se sigan repitiendo en el futuro. Así mismo, se plantea el desafío a la sociedad en conjunto de buscar la manera más apropiada de encontrar un solución a este conflicto, porque ha quedado claro que el odio no se resuelve con más odio.

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