LA
LIBERTAD DE EXPRESIÓN DURANTE
EL 2001 EN CHILE
Mayo
17
mayo: El juez Juan Guzmán Tapia, que investiga las querellas
contra el ex dictador, Augusto Pinochet, presentó una querella
por injurias y calumnias contra Marcelo Cabrera, líder del Movimiento
Vitalicio Augusto Pinochet.
El grupo pinochetista liderado por Cabrera protesta sistemáticamente
frente a los tribunales de justicia y frente al domicilio particular
de Guzmán Tapia por el proceso que éste lleva contra Pinochet.
Según señala La Tercera del 18 de mayo, las manifestaciones
del Movimiento Vitalicio Augusto Pinochet se incrementaron tras el procesamiento
dictado por el juez contra el ex dictador y se renuevan cada vez que
Guzmán toma una resolución sobre el procesado.
El movimiento protestó cuando se realizó el interrogatorio
en La Dehesa, también lo hizo frente a la parcela de Los Boldos,
con ocasión de la notificación a Pinochet (ver 31 de enero).
Según consigna La Tercera, una de las últimas protestas
de Cabrera frente al domicilio de Guzmán fue el 12 de mayo del
2001, cuando pidió que el juez fuera relevado del caso ya que
estaba, según él, "obsesionado con enjuiciar al general
Pinochet y seguir recibiendo premios y dineros a costillas de un juicio
ilegal que está llevando a este país a la crisis económica
y social".
Luego de un viaje de Guzmán a Europa, donde recibió un
premio de colegas españoles, el Movimiento Vitalicio Augusto
Pinochet recibió a Guzmán en las puertas de la Corte de
Apelaciones con una nueva protesta.
Guzmán Tapia ha enfrentado manifestaciones de esta agrupación
frente a los tribunales de justicia y frente a su domicilio particular
desde que Pinochet retornó a Chile desde Londres, en marzo del
2000.
La acción de Guzmán Tapia fue presentada ante la Corte
de Apelaciones de Santiago, de la cual Guzmán es ministro.
Tiempo después, ambas partes llegaron a acuerdo y Guzmán
retiró la querella contra Cabrera.
17
mayo: La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó por injurias
y calumnias al Concejal de esa localidad sureña, René
Alinco Bustos, a 151 días de reclusión nocturna más
el pago de 650 mil pesos "por herir la honra" del ex alcalde
de esa ciudad, Carlos Balbontín.
El demócrata cristiano Balbontín se querelló contra
Alinco (del Partido por la Democracia, PPD, pero en su anterior período
independiente) cuando éste lo acusó de "ladrón
y corrupto" en medio de una polémica pública entre
ambos.
30
mayo: En el marco de las manifestaciones de estudiantes universitarios
en protesta por el déficit del Fondo Solidario (crédito
fiscal para financiar estudios en las universidades tradicionales),
un furgón policial atropelló a un reportero gráfico
del Diario Atacama, en la ciudad de Copiapó, en la Tercera Región
de Chile.
30
mayo: En un comunicado emitido desde su sede de Miami, la Sociedad
Interamericana de Prensa (SIP) afirmó que la ley de prensa en
Chile es "un nuevo método de regulación en contra
de los medios de comunicación y periodistas" y expresó
que se hubiese podido erradicar todas las disposiciones contrarias a
la libertad de prensa sin necesidad de dictar una nueva legislación.
Aunque la calificó de "insuficiente" y que no "colma
las expectativas" en torno a la plena vigencia de la libertad de
prensa y de expresión, la SIP admitió signos positivos
en la nueva "Ley sobre las libertades de opinión e información
y ejercicio del periodismo" promulgada el 18 de mayo pasado por
el Poder Ejecutivo. Entre esos aspectos, la ley elimina disposiciones
que permitían a los jueces prohibir a su antojo la cobertura
periodística de los procesos judiciales; erradicó la jurisdicción
militar para juzgar a quienes cometan abusos en contra de militares
a través de los medios; y dejó sin efecto la letra b del
Art. 6 de la LSIE a través de la cual los periodistas podían
ser acusados por ofender a los altos funcionarios mediante sus escritos.
El
presidente de la SIP, Danilo Arbilla, director de Búsqueda, Montevideo,
Uruguay señaló que desde la SIP "siempre rechazamos
toda reforma de leyes de prensa porque tras la excusa del aggiornamiento,
se esconde el deseo de regular el ejercicio del periodismo y, en definitiva,
la libertad de expresión e información que se dice que
se trata de garantizar". En ese sentido, recordó la máxima
de la SIP en que "no hay mejor ley de prensa que aquella que no
existe" y dijo que la nueva regulación demuestra que los
estados en vez de legislar a favor de la libertad de prensa y de expresión
y del derecho del público a la información, lo que hace
es crear nuevas regulaciones con lo que recortan el ámbito de
libertad".
Para la SIP la nueva ley no colma las expectativas en cuanto a libertad
de expresión. Arbilla ejemplificó que una ley de prensa
al menos debería ser enfática en cuanto a disposiciones
sobre acceso a la información pública para todos los ciudadanos
imponiendo severos castigos a los funcionarios que se negaran a brindar
información.
También recalcó que mantiene otras serias limitaciones
a la libertad de prensa como el derecho de aclaración o rectificación
obligatorio y la cláusula de conciencia.
Por último, la SIP también mostró su preocupación
sobre la disposición que obligaría a los diarios a publicar
diariamente en su tapa la cantidad de ejemplares vendidos. Si bien esta
disposición no fue incluida en la nueva ley, el gobierno anunció
que prepararía un nuevo proyecto de ley al respecto, si los diarios
no se ponen de acuerdo sobre el tema con las agencias de publicidad
y la asociación de avisadores.
Arbilla señala que es inaudito que el gobierno trate de regular
aspectos que conciernen específicamente a la actividad privada,
afectando la libertad de empresa, y dijo que en materia de circulación
se debe seguir el ejemplo de muchos países donde los diarios
en forma voluntaria se someten a empresas verificadoras de circulación.
"Estas actividades privadas de los medios son de orden estrictamente
voluntario y el Estado no puede transformarlas en obligatorias".
31
mayo: El programa "El día menos pensado", conducido
por Carlos Pinto recibió una multa de 20 UTM por parte del CNTV
debido a la acusación que formuló un particular. Según
el organismo fiscalizador, el capítulo del 15 de junio del 2000
afectó la dignidad de Alejo Ernesto Véliz Palma, supuesto
autor de un delito cuyo nombre fue revelado por una médium en
el espacio de TVN. Pese a que el canal sostuvo que había puesto
un pito que interrumpía la escucha del sujeto, Véliz igualmente
se sintió vulnerado al considerar que igual se entendía.
31
mayo: El juez titular del 12º Juzgado del Crimen de Santiago,
José Luis Pérez, condenó a René Orozco por
el delito de injurias graves con publicidad en perjuicio del periodista
de Chilevisión, Radio Chilena y El Mercurio, Edgardo Marín.
El caso comenzó en mayo de 1996, cuando el presidente del club
deportivo Universidad de Chile trató a Marín de "cobarde"
(en 11 ocasiones) durante un programa deportivo en Radio Agricultura.
Los dichos de Orozco respondían a una columna de Marín
publicada en El Mercurio.
El juez sancionó a Orozco a 61 días de reclusión
menor en su grado mínimo, con pena remitida, y a la suspensión
de cargo u oficio público mientras dure la condena. Además,
fijó una multa de 11 Unidades Tributarias Mensuales más
las costas de la causa.
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