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LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN DURANTE EL 2001 EN CHILE

Mayo

17 mayo: El juez Juan Guzmán Tapia, que investiga las querellas contra el ex dictador, Augusto Pinochet, presentó una querella por injurias y calumnias contra Marcelo Cabrera, líder del Movimiento Vitalicio Augusto Pinochet.
El grupo pinochetista liderado por Cabrera protesta sistemáticamente frente a los tribunales de justicia y frente al domicilio particular de Guzmán Tapia por el proceso que éste lleva contra Pinochet. Según señala La Tercera del 18 de mayo, las manifestaciones del Movimiento Vitalicio Augusto Pinochet se incrementaron tras el procesamiento dictado por el juez contra el ex dictador y se renuevan cada vez que Guzmán toma una resolución sobre el procesado.
El movimiento protestó cuando se realizó el interrogatorio en La Dehesa, también lo hizo frente a la parcela de Los Boldos, con ocasión de la notificación a Pinochet (ver 31 de enero). Según consigna La Tercera, una de las últimas protestas de Cabrera frente al domicilio de Guzmán fue el 12 de mayo del 2001, cuando pidió que el juez fuera relevado del caso ya que estaba, según él, "obsesionado con enjuiciar al general Pinochet y seguir recibiendo premios y dineros a costillas de un juicio ilegal que está llevando a este país a la crisis económica y social".
Luego de un viaje de Guzmán a Europa, donde recibió un premio de colegas españoles, el Movimiento Vitalicio Augusto Pinochet recibió a Guzmán en las puertas de la Corte de Apelaciones con una nueva protesta.
Guzmán Tapia ha enfrentado manifestaciones de esta agrupación frente a los tribunales de justicia y frente a su domicilio particular desde que Pinochet retornó a Chile desde Londres, en marzo del 2000.
La acción de Guzmán Tapia fue presentada ante la Corte de Apelaciones de Santiago, de la cual Guzmán es ministro.
Tiempo después, ambas partes llegaron a acuerdo y Guzmán retiró la querella contra Cabrera.

17 mayo: La Corte de Apelaciones de Coyhaique condenó por injurias y calumnias al Concejal de esa localidad sureña, René Alinco Bustos, a 151 días de reclusión nocturna más el pago de 650 mil pesos "por herir la honra" del ex alcalde de esa ciudad, Carlos Balbontín.
El demócrata cristiano Balbontín se querelló contra Alinco (del Partido por la Democracia, PPD, pero en su anterior período independiente) cuando éste lo acusó de "ladrón y corrupto" en medio de una polémica pública entre ambos.

30 mayo: En el marco de las manifestaciones de estudiantes universitarios en protesta por el déficit del Fondo Solidario (crédito fiscal para financiar estudios en las universidades tradicionales), un furgón policial atropelló a un reportero gráfico del Diario Atacama, en la ciudad de Copiapó, en la Tercera Región de Chile.

30 mayo: En un comunicado emitido desde su sede de Miami, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) afirmó que la ley de prensa en Chile es "un nuevo método de regulación en contra de los medios de comunicación y periodistas" y expresó que se hubiese podido erradicar todas las disposiciones contrarias a la libertad de prensa sin necesidad de dictar una nueva legislación.
Aunque la calificó de "insuficiente" y que no "colma las expectativas" en torno a la plena vigencia de la libertad de prensa y de expresión, la SIP admitió signos positivos en la nueva "Ley sobre las libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo" promulgada el 18 de mayo pasado por el Poder Ejecutivo. Entre esos aspectos, la ley elimina disposiciones que permitían a los jueces prohibir a su antojo la cobertura periodística de los procesos judiciales; erradicó la jurisdicción militar para juzgar a quienes cometan abusos en contra de militares a través de los medios; y dejó sin efecto la letra b del Art. 6 de la LSIE a través de la cual los periodistas podían ser acusados por ofender a los altos funcionarios mediante sus escritos.

El presidente de la SIP, Danilo Arbilla, director de Búsqueda, Montevideo, Uruguay señaló que desde la SIP "siempre rechazamos toda reforma de leyes de prensa porque tras la excusa del aggiornamiento, se esconde el deseo de regular el ejercicio del periodismo y, en definitiva, la libertad de expresión e información que se dice que se trata de garantizar". En ese sentido, recordó la máxima de la SIP en que "no hay mejor ley de prensa que aquella que no existe" y dijo que la nueva regulación demuestra que los estados en vez de legislar a favor de la libertad de prensa y de expresión y del derecho del público a la información, lo que hace es crear nuevas regulaciones con lo que recortan el ámbito de libertad".
Para la SIP la nueva ley no colma las expectativas en cuanto a libertad de expresión. Arbilla ejemplificó que una ley de prensa al menos debería ser enfática en cuanto a disposiciones sobre acceso a la información pública para todos los ciudadanos imponiendo severos castigos a los funcionarios que se negaran a brindar información.
También recalcó que mantiene otras serias limitaciones a la libertad de prensa como el derecho de aclaración o rectificación obligatorio y la cláusula de conciencia.
Por último, la SIP también mostró su preocupación sobre la disposición que obligaría a los diarios a publicar diariamente en su tapa la cantidad de ejemplares vendidos. Si bien esta disposición no fue incluida en la nueva ley, el gobierno anunció que prepararía un nuevo proyecto de ley al respecto, si los diarios no se ponen de acuerdo sobre el tema con las agencias de publicidad y la asociación de avisadores.
Arbilla señala que es inaudito que el gobierno trate de regular aspectos que conciernen específicamente a la actividad privada, afectando la libertad de empresa, y dijo que en materia de circulación se debe seguir el ejemplo de muchos países donde los diarios en forma voluntaria se someten a empresas verificadoras de circulación. "Estas actividades privadas de los medios son de orden estrictamente voluntario y el Estado no puede transformarlas en obligatorias".

31 mayo: El programa "El día menos pensado", conducido por Carlos Pinto recibió una multa de 20 UTM por parte del CNTV debido a la acusación que formuló un particular. Según el organismo fiscalizador, el capítulo del 15 de junio del 2000 afectó la dignidad de Alejo Ernesto Véliz Palma, supuesto autor de un delito cuyo nombre fue revelado por una médium en el espacio de TVN. Pese a que el canal sostuvo que había puesto un pito que interrumpía la escucha del sujeto, Véliz igualmente se sintió vulnerado al considerar que igual se entendía.

31 mayo: El juez titular del 12º Juzgado del Crimen de Santiago, José Luis Pérez, condenó a René Orozco por el delito de injurias graves con publicidad en perjuicio del periodista de Chilevisión, Radio Chilena y El Mercurio, Edgardo Marín.
El caso comenzó en mayo de 1996, cuando el presidente del club deportivo Universidad de Chile trató a Marín de "cobarde" (en 11 ocasiones) durante un programa deportivo en Radio Agricultura. Los dichos de Orozco respondían a una columna de Marín publicada en El Mercurio.
El juez sancionó a Orozco a 61 días de reclusión menor en su grado mínimo, con pena remitida, y a la suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena. Además, fijó una multa de 11 Unidades Tributarias Mensuales más las costas de la causa.